Recuperación y Revisión de Disposiciones Judiciales
En un registro de antecedentes penales, la disposición de un tribunal es su conclusión final en el caso.
Perdón por presencia indocumentada, el 3 de enero de 2013, el Departamento de Seguridad Nacional anunció una nueva regulación que permite a las personas que han acumulado presencia ilegal en los EE.UU., solicitar una exención de inadmisibilidad para la prohibición de diez y tres años. Los Ángeles Legal Advocates le puede brindar la ayuda necesaria con su formulario I-601A.
La exención provisional I-601A permite a los solicitantes con cónyuges o padres ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales solicitar esta exención mientras están físicamente presentes en los EE.UU. Exime de las prohibiciones de presencia ilegal de 10 o 3 años. Antes de que esta exención entrará en vigor, los miembros de la familia tenían que solicitar la exención fuera de EE.UU., en su país de nacionalidad, lejos de sus familias, lo que provocaba la separación familiar durante un largo período de tiempo. La exención provisional I-601A permite la unidad familiar mientras se tramita la exención en los Estados Unidos.
Una vez aprobada la exención, el solicitante debe salir de EE.UU. y solicitar su visado de inmigrante ante un funcionario de su país de nacionalidad. El solicitante sale con una exención de inadmisibilidad I-601A aprobada, lo que permite un proceso consular rápido.
Para poder acogerse a la exención provisional I-601A, el solicitante debe demostrar que tiene dificultades extremas con un familiar que reúna los requisitos, en concreto, el cónyuge o el padre que sea ciudadano estadounidense o residente legal permanente. Los hijos menores de edad o los adultos no se consideran parientes cualificados. Las pruebas presentadas se considerarán de forma acumulativa para determinar si alcanzan el nivel de dificultad extrema. Para solicitar una exención provisional se requiere una amplia documentación y un conocimiento específico del proceso. Por ello, es importante confiar el trabajo a un experto en inmigración que haya tramitado numerosas exenciones con éxito.
USCIS requiere que se pague una cuota de presentación de $630.00 junto con una cuota biométrica de $85.00.
Si el residente condicional sigue casado con el cónyuge ciudadano estadounidense solicitante, el marido y la mujer deben presentar una petición conjunta. Las partes presentarán conjuntamente una petición para eliminar las condiciones de residencia dentro del período de 90 días anterior al segundo aniversario de la fecha de la residencia condicional. La petición debe ir acompañada de pruebas que demuestren que el matrimonio se celebró de buena fe.
Ejemplos de estas pruebas son la prueba de propiedad conjunta de bienes, la mezcla de finanzas (por ejemplo, formularios de impuestos, extractos bancarios, pólizas de seguro), certificados de nacimiento de los hijos, fotos de la pareja tomadas durante el matrimonio, declaraciones de personas que tengan conocimiento de su matrimonio y otra documentación que establezca una relación marital de buena fe. Si el USCIS determina que el matrimonio calificado fue contraído de buena fe, aprobará la petición conjunta, eliminará el estatus condicional y otorgará el estatus de residencia permanente, una green card o tarjeta de residencia de diez años.
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